Los derechos humanos son atributos de toda persona e inherentes a su dignidad, que el Estado está en el deber de respetar, garantizar o satisfacer. De esta manera, todo ser humano, por el hecho de serlo, tiene derechos frente al Estado, derechos que este o bien tiene el deber de respetar y garantizar o bien está llamado a organizar su acción a fin de satisfacer su plena realización.
Los derechos humanos son, entonces, derechos que tiene toda persona en virtud de su dignidad humana, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.
Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los derechos humanos involucran garantías jurídicas universales que protegen a los individuos y los grupos contra acciones u omisiones que interfieran con las libertades y los derechos fundamentales. La legislación en materia de derechos humanos obliga a los gobiernos (principalmente) y otros titulares de deberes a hacer ciertas cosas y les impide hacer otras (2).
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(1) Nikken, Pedro. “El concepto de derechos humanos”. En: IIDH. Estudios básicos de derechos humanos I. San José, Costa Rica. 1994.
(2) Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Preguntas frecuentes sobre el enfoque de derechos humanos en la cooperación para el desarrollo. Nueva York y Ginebra, 2006.



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